Al DATT le resulta más rentable concesionar que desembolsar, dice estudio

Revista Zetta tuvo acceso a un documento donde se sustenta la conveniencia para el DATt de tercericar algunas operaciones, pues por una parte le significa economizarse una gran erogación de recursos y, por otra, ser más competitivo y eficiente en la prestación de servicios de trásito y transporte.

Dado que se está discutiendo en el Concejo de Cartagena un proyecto de acuerdo para la concesión de infraestructura tecnológica del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), se tiene este documento basado en el análisis de la firma Capital Inc SAS:

 

1.- La mejor opción para obtener la plataforma informática y el soporte logístico con el que hoy cuenta el DATT es a través de un tercero (probado)

La competitividad del DATT en el mercado de organismos de tránsito y transporte hace necesario que éste debe ser cada día más eficiente en la prestación de servicios de tránsito y transporte, pues no solo compite con los privados (CIA), sino con los organismos de tránsito cercanos y del centro del país como Bogotá y Medellín.

Por ello el DATT contrató una consultoría con la firma CAPITAL INC S.A.S. que analizó opciones directas e indirectas para continuar con el proceso de modernización del DATT, arrojando lo siguientes resultados así:

Para la modernización del DATT a través de estas opciones, se requiere que el Distrito de Cartagena disponga de los recursos necesarios para la financiación del nuevo gasto corriente y la inversión requerida. Con el propósito de determinar el monto de recursos disponibles para financiar el nuevo gasto corriente, se toma como referencia el resultado del análisis presentado en las secciones 3.3. y 3.4 del diagnóstico al componente financiero de este informe. De acuerdo con ello, el Distrito tendría un disponible equivalente al 5,74% de los ingresos corrientes de libre destinación (ICLD), bajo el supuesto de que la administración distrital decida orientar los recursos a ese propósito y los mismos se hallen libre de afectación presupuestal a la fecha de realización del presente análisis.

Opciones Directas

Así, para el cálculo del disponible se aplicó el porcentaje identificado al monto calculado de los ICLD en 2016, incrementado en el porcentaje de inflación certificado por el DANE para esa misma vigencia. Este valor es actualizado anualmente tomando una meta de inflación del 4%. Para la cuantificación de las necesidades de inversión, se toman los valores informados por el DATT, mediante comunicación del 20 de abril de 2017. El resultado este cálculo se muestra en la tabla siguiente:

Conforme lo registra la tabla anterior, de acuerdo con la disponibilidad de recursos del Distrito de Cartagena, calculados a 31 de diciembre de 2016 y las nuevas necesidades de gasto e inversión, la entidad registra debilidad financiera para implementar directamente, con cargo a su presupuesto, la modernización de los servicios a cargo de DATT, generando un resultado negativo en el recaudo de los ingresos necesarios para financiar la operación. En este orden, dependiendo de la disponibilidad de nuevos ingresos, el Distrito demoraría, aproximadamente, 7 años en ese proceso.

Opciones indirectas

Si la alternativa seleccionada para la modernización de los servicios corresponde a la de un contrato interadministrativo, la financiación de la inversión estará a cargo de otra entidad pública y su plazo dependerá de la solidez y disponibilidad financiera de esa entidad pública. Por lo anterior, no se dispone de información para determinar si esa entidad genera disponibilidad financiera en el corto plazo, para financiar el proceso de modernización.

Si el Distrito de Cartagena acude a la opción consistente en un crédito de proveedores, deberá identificarse la necesidad de financiación y los plazos de ejecución de las inversiones. En este caso, no se dispone de información para determinar si en el corto plazo se obtendrían ingresos por este concepto.

En el evento que el Distrito acuda a una opción tercerizada, que aporte los recursos para financiar la inversión requerida, el impacto en el escenario financiero distrital se minimiza en relación al gasto por desembolsos soportados en las actuales rentas distritales, en la medida que no conlleva desembolsos su presupuestales.

 

Riesgo de la inversión lo asume el tercero

La administración difiere a un tercero la inversión el suministro y la implementación de la operación. El DATT recibe el suministro de bienes y servicios que le sirven de soporte para la prestación de los servicios de tránsito y transporte sin efectuar ninguna inversión, ni asumir los costos de operación o gastos de operacionales, pues el concesionario es quien asume por su cuenta y riesgo la prestación de los servicios prestados; generando para el organismo de tránsito 3,5 veces más de lo que se genera por concepto de retribución para el concesionario.

Las inversiones efectuadas por el concesionario en ejecución del contrato provienen de capital privado que no ha hecho ni hace parte del presupuesto del Distrito y no afecta la planeación presupuestal de inversiones.

El riesgo de obsolescencia tecnológica la asume el tercero (concesionario) que implementa una infraestructura tecnológica de última generación y alta disponibilidad, que deberá ser renueva completamente por lo menos cada tres años.

Como instrumento jurídico de contención

Los contratos de concesión de servicio público pueden ser analizados como un instrumento jurídico para la eliminación del oportunismo político. Tal y como se describió en líneas anteriores, el oportunismo político es combatido y contenido gracias al empleo de diversas técnicas jurídicas, de manera concluyente pudo advertirse como la teoría económica aconseja varias estrategias, que van desde la configuración del diseño institucional hasta el empleo de diversos instrumentos jurídicos para lograr su finalidad de contención de las decisiones políticas. En consecuencia es precisamente en este punto donde hace su aparición la concesión de servicio público como un instrumento jurídico empleado por la teoría económica como medio de contención del oportunismo.[1]

En este sentido y especialmente frente al oportunismo ejercido por la clase política a través del gobierno, se ha querido nuevamente revestir a las instituciones del Estado de nuevos y vigorosos poderes, y con su ejercicio entrar en una constante búsqueda de mecanismos o estrategias que persigan por todos los medios contener la intromisión de los intereses políticos en el desenvolvimiento normal de las instituciones económicas. En esencia puede con absoluta claridad señalarse que uno de los grandes retos de las instituciones modernas está dirigido a eliminar del plano económico el oportunismo político, creando ambientes de inversión estables que garanticen al sector privado el poder desarrollar inversiones a largo plazo sin cambiar o mutar las condiciones iniciales sobre las cuales se efectuaron dichas inversiones.[2]

Las concesiones de que trata el numeral 4 del artículo 32 de la ley 80 de 1993 se encuentran comprendidas dentro de los esquemas de asociación público privadas. En consecuencia y a la luz de estas comparaciones, puede apreciarse que el sistema contractual de asociaciones público privadas, se estructura íntegramente sobre principios y elementos jurídicos propios de la concesión administrativa.[3]

 

[1] EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO. LAS NUEVAS TÉCNICAS DE GENERACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y LAS DEMAS APLICACIONES QUE SURGEN COMO CONSECUENCIA DEL CAMBIO INSTITUCIONAL. MICHAEL ALEJANDRO ALBA MARTINEZ. COLEGIO MAYOR DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO

[2] Ibidem.

[3] Ibidem.